08 octubre, 2015

Nueva normativa DGT

Retomamos nuestra colaboración con la Autoescuela Colonia Jardín y la mejor manera es publicando la nueva normativa de la DGT, vigente desde el pasado 1 de octubre, en relación a la seguridad de los menores en los coches.

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A partir del 1 de octubre, se incluye un nuevo artículo en el Reglamento General de la Circulación. Éste aclara cómo deben los padres colocar a sus hijos en el coche. En él se explica todo lo relativo al uso obligatorio de cinturones de seguridad y dispositivos de retención para niños en los vehículos.
Solo hay tres excepciones en las que los menores se podrán sentar en el asiento del copiloto, aunque en todo caso, los niños deberán siempre usar el correspondiente sistema de retención infantil:

1. Cuando el vehículo no disponga de asientos traseros,
2. Cuando todos los asientos traseros estén ya ocupados por otros menores de las mismas características
3. Cuando no sea posible instalar en dichos asientos traseros todos los sistemas de retención infantil porque no quepan.

Esta modificación dispone también que los sistemas de retención infantil se instalarán en el vehículo siempre de acuerdo con las instrucciones que haya facilitado su fabricante, en las que se indicará de qué forma y en qué tipo de vehículos se puede utilizar de forma segura.


La silla se recomienda colocar en el asiento trasero, en sentido contrario a la marcha, desactivando el airbag frontal. De esta manera aumenta la seguridad ya que la fuerza en cualquier impacto se reduce. 
https://youtu.be/IquFM0ipfUY   video impacto sillita en sentido contrario a la marcha

https://youtu.be/7lnNW1fCgjQ?t=10    video impacto sentido de la marcha

La normativa de la Dirección General de Tráfico
Nunca se ha de llevar al niño en brazos, ni utilizar el mismo cinturón de seguridad que el adulto para protegerlo.
- El uso de los sistemas de retención infantil, generalmente sillas, reduce un 75% las muertes y un 90% las lesiones.
- Los padres han de asegurarse de que la silla esté bien instalada. Ésta no debe moverse.  Por ello, la mejor opción es el anclaje mediante el sistema Isofix. Éste consiste en incorporar la silla a los asientos mediante unos anclajes que se enganchen en unos conectores situados en el asiento del coche, entre el respaldo y el asiento propiamente dicho.
- La cabeza del niño nunca debe asomar por encima del respaldo de la silla. Si esto ocurre ha de cambiarse lo antes posible por otra del grupo superior.
- Si el menor viaja en el asiento del copiloto, siempre justificado porque se dé uno de los motivos anteriores, es necesario desactivar el airbag frontal y colocar la silla en sentido opuesto a la marcha.
- Por su parte, tráfico recomienda seguir utilizando el sistema de retención infantil homologado a su peso y talla hasta que el menor alcance los 1,50 m. Esto quiere decir que, a pesar de que la obligación desaparezca al alcanzar los 135 cm, es recomendable mantenerla hasta que crezca 15 cm más.
En esta normativa, además, tráfico advierte que en caso de poner en riesgo la seguridad del niño que viaja en el coche al no emplear una silla, el conductor perderá 3 puntos del carné de conducir y estará obligado a pagar 200 euros de multa.
Junto a esta nueva ley, se incluyen campañas específicas de control del uso de los sistemas de retención infantil y el cinturón. Además, los cambios a este respecto han sido divulgados a través de los medios de comunicación, redes sociales y asociaciones médicas, entre otras.
La silla infantil (puedes enlazar con el artículo que publicamos sobre los SRI)
La obligatoriedad de que los menores que midan menos de 1,35 deben viajar en una silla adaptada para ellos se mantiene. Para elegir el sistema de retención adecuado para nuestros hijos, debemos que tener en cuenta que éste debe adaptarse lo máximo posible al peso y a la estatura de nuestros hijos.

Para seleccionar la más adecuada debemos elegir entre cinco tipos.
-- Grupo 0, cuco o capazo: recomendado para los bebés hasta que cumplan un año o alcancen los 10 kg de peso. Siempre ha de estar colocado en sentido opuesto a la marcha.
-- Grupo 0+, capazo o sillita: generalmente se emplea hasta que el menor alcance los 18 meses. No obstante, la referencia a tener en cuenta para cambiarlo, es cuando la cabeza del niño sobresalga del asiento.
-- Grupo I, sillita: se debe colocar esta cuando la silla del grupo 0+ se haya quedado pequeña. Es recomendable, llegado a este punto, que el sistema de retención se coloque en el sentido de la marcha, siempre y cuando se enseñe al menor a mantener los brazos pegados al cuerpo con el objetivo de que se mantenga siempre protegido.
-- Grupo II, asiento elevador con respaldo: es el que se suele emplear a partir de los cuatro años y hasta que el menor alcance los seis. Los menores comienzan a utilizar el cinturón de seguridad del coche de la misma manera que los adultos, pero, al tener una altura más elevada y respaldo, estarán más protegidos.
Más información

Fuentes:   Revista DGT, Fundación Mapfre, Informativos Telecinco

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