Así es, tal y como encabeza esta entrada nos despedimos del famoso programa PADRE que la AEAT creó para facilitar aquella ardua tarea y poder simplificar su tramitación incluso de forma telemática (online) para dar la bienvenida a medias a Renta WEB, decimos a medias, puesto que Renta WEB ya lleva dos campañas a nuestro lado.
2014 fue una prueba piloto de manera interna, usada por los funcionarios y personal encargados de la campaña, y ya en la Renta 2015 vio la luz al público general, donde tras su buena aceptación se procedió a su implantación para la campaña de Renta 2016 y dando paso a la jubilación forzosa del programa PADRE.
Según fuentes de la AEAT, la primera ventaja será que el contribuyente verá despejados obstáculos directamente relacionados con la descarga informática del programa PADRE y o con la información del borrador; que hasta ahora solo recogía unas determinadas rentas. Con el nuevo sistema, todos los contribuyentes accederán a su propuesta de declaración directamente en la sede electrónica de la AEAT a la que se llega a través de su web.
Para acceder, el contribuyente se identificará de la manera habitual (DNI electrónico, clave y número de referencia). Una vez dentro, se le informará de la posible existencia de diferencias entre los datos de la última declaración y los existentes en el momento, y tendrán que validarse los datos identificativos.
En un entorno similar al del programa PADRE, el contribuyente verá un cuadro de resultados con la información de que dispone la AEAT. Además, podrá encontrarse con una serie de alertas o requerimientos de datos que la AEAT, sin disponer de ellos, obliga a introducir, como pueden ser los relativos a transmisiones patrimoniales o arrendamientos y que el contribuyente podrá incorporar o no en la declaración, como es el caso de los gastos de gestión en compra de letras del tesoro o de las subvenciones nacionales o autonómicas, entre otros.
Una vez finalizado el proceso, el contribuyente podrá presentar la declaración por vía telemática o, en el caso de que opte por imprimirla y presentarla en las entidades colaboradoras, ir al banco sólo con el documento de ingreso y devolución, quitándose la molestia de ir con todo el pliego de datos como hasta ahora.
Al margen, la AEAT seguirá remitiendo al domicilio del contribuyente la propuesta de declaración en papel, no así en el caso de las propuestas parciales que deben ser completadas, en cuyo caso se seguirán remitiendo los datos fiscales.
Este nuevo borrador ampliado no servirá para hacer la declaración en el caso de aquellos que cuenten con rendimientos por actividades económicas, para los que seguirá funcionando el programa PADRE. No obstante, cualquier contribuyente que quiera seguir presentando su declaración por este sistema podrá seguir haciéndolo.
Desde la AEAT, señalan que este nuevo sistema, permite acceder a la declaración desde cualquier dispositivo móvil, iniciar el procedimiento en uno y finalizarlo en otro, y contar con información que puede ser actualizada sobre la marcha por la AEAT en el caso de que sea necesario.
Además, a la vista, el contribuyente sólo tendrá las casillas con información relevante para su declaración o aquellas que puede o debe añadir, pero no todas las casillas en blanco que, según fuentes de la AEAT, no eran más que ruido a la hora de la declaración.
Lo que no permite la Renta WEB es modificar las declaraciones de la renta una vez tramitadas, en cuyo caso habría que realizar una complementaria o un escrito de rectificación. Las mismas fuentes han señalado que este nuevo sistema liberará recursos de la AEAT, lo que redundará en más capacidad para poder perseguir prácticas fraudulentas.
El inicio de la campaña telemática de la renta 2016 dará comienzo el próximo 5 de abril. Posteriormente, la campaña presencial echará a andar el 11 de mayo. Las fechas límite de domiciliación y fin de campaña serán el 26 y 30 de junio, respectivamente.
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